Cumplimiento de drones UE vs UK: guía para fabricantes sobre el acceso a ambos mercados
22 de octubre de 2026
Si fabricas drones para el mercado europeo bajo el Reglamento de la UE 2019/945, ya sabes lo exigente que puede ser el proceso de evaluación de la conformidad. Si además quieres vender en el Reino Unido, ahora necesitas navegar un marco regulatorio paralelo que resulta familiar pero que diverge en aspectos que afectan directamente a tu dron, tu marcado y tu documentación.
El UK reconoció las regulaciones de drones de la UE (Reglamento Delegado 2019/945 y Reglamento de Ejecución 2019/947) tras el Brexit, y posteriormente las modificó a través del SI 2025/1106 (The Unmanned Aircraft (Amendment) Regulations 2025). El resultado no es un marco completamente diferente. Es la misma estructura con cambios específicos que generan consecuencias reales de cumplimiento para los fabricantes que venden en ambos mercados.
Este artículo cubre qué ha cambiado, cuáles son las fechas clave y cómo gestionar el cumplimiento de drones UE y UK en paralelo sin duplicar el esfuerzo.
* Para la regulación europea de drones y servicios de cumplimiento UAS, consulta la página de drones
Índice de contenidos
Misma estructura, diferentes detalles
El marco regulatorio de drones del UK se construye sobre la misma base que el de la UE. La estructura de clases (siete clases que cubren las categorías abierta y específica), la lógica basada en peso, los módulos de evaluación de la conformidad y las categorías operacionales (abierta, específica, certificada) son reconocibles. Un fabricante que entiende el Reglamento 2019/945 de la UE entenderá la versión UK de inmediato.
Las divergencias introducidas por SI 2025/1106 son específicas y concretas. No cambian la arquitectura general. Cambian requisitos particulares dentro de ella e introducen un régimen de marcado y certificación separado que funciona en paralelo al sistema de la UE.
Entender dónde los requisitos son idénticos y dónde divergen es lo que permite a un fabricante gestionar ambos mercados de forma eficiente. El territorio compartido es amplio: el programa de ensayos EN 4709, los requisitos de producto fundamentales, la metodología de evaluación de la conformidad. El territorio diferente es más reducido: etiquetas de clase, ciertas características de producto, límites de alcance, fechas de transición y la estructura de organismos de certificación.
Qué cambia SI 2025/1106 para los fabricantes
Las modificaciones introducidas por SI 2025/1106 afectan a cuatro áreas de forma inmediata e introducen requisitos adicionales a partir del 1 de enero de 2028. Los cambios que entraron en vigor el 1 de enero de 2026 ya son aplicables a cualquier UAS comercializado en el mercado del UK.
Cambios en vigor desde el 1 de enero de 2026
Renombramiento de clases. Las designaciones de clase de la UE (C0 a C6) se sustituyen por designaciones UK (UK0 a UK6). La numeración, las bandas de peso y la lógica operacional se mantienen iguales, pero las etiquetas son diferentes. Una etiqueta C2 emitida bajo el Reglamento 2019/945 de la UE no es una etiqueta UK2 bajo el marco del UK. Son marcas de conformidad separadas para territorios regulatorios separados. La etiqueta de identificación de clase, la declaración de conformidad y el manual de usuario deben reflejar la clase UK cuando el UAS se comercializa en el mercado del UK.
Exclusión de alcance: MTOM inferior a 100g. SI 2025/1106 excluye completamente de los requisitos de producto a los UAS con una masa máxima al despegue inferior a 100g. Bajo el Reglamento 2019/945 de la UE, la clase C0 cubre UAS por debajo de 250g y les aplica requisitos de producto. En el UK, un dron de menos de 100g queda fuera del alcance de la regulación de producto independientemente de si tiene cámara.
Exclusión de alcance: áreas cerradas. El UK sustituye "UAS destinados a operar exclusivamente en interiores" por "UAS diseñados para operar exclusivamente en áreas que estén total o principalmente cerradas." La formulación del UK es más amplia, capturando entornos como almacenes, estructuras parcialmente cubiertas y otras áreas que no son estrictamente "interiores" pero están sustancialmente cerradas.
Eliminación de referencias a juguetes. SI 2025/1106 elimina las referencias a la Directiva 2009/48/CE (Directiva de Seguridad de Juguetes) de la versión UK de la regulación. Esto no significa que los drones-juguete conectados queden excluidos de la regulación, pero la referencia cruzada específica al marco de Seguridad de Juguetes de la UE se elimina del texto UK.
Requisitos adicionales a partir del 1 de enero de 2028
A partir del 1 de enero de 2028, varios requisitos de producto nuevos pasan a ser obligatorios para clases UK específicas.
UK0 equipado con cámara requerirá tres nuevas capacidades: un número de serie único conforme a ANSI/CTA-2063-A-2019, un sistema de identificación remota a distancia (DRI) según lo especificado en EN 4709-002, y una función de geo-awareness que proporcione alertas sobre áreas restringidas relevantes. Bajo el marco de la UE, los drones C0 no llevan estos requisitos. Esta es una de las divergencias más significativas a nivel de producto entre ambos sistemas regulatorios, y afecta a cualquier fabricante que produzca drones ligeros con cámara para el mercado UK.
UK4 requerirá un número de serie único y un sistema DRI.
Requisito operacional de DRI para el despegue. Para todas las clases UK donde se requiere DRI, el UAS no debe poder despegar a menos que el sistema DRI esté en operación. Este es un requisito de diseño de producto: el fabricante debe implementar un bloqueo de despegue que impida el vuelo cuando la función DRI no esté operativa.
UK1, UK2 y UK3 requerirán un certificado emitido por un UK Conformity Assessment Body. Este es un cambio crítico para fabricantes que dependen de certificados de Organismos Notificados de la UE para el mercado UK. A partir del 1 de enero de 2028, el certificado de examen UE de tipo emitido por un Organismo Notificado de la UE dejará de ser válido para comercializar drones UK1, UK2 o UK3 en el mercado UK. Se requerirá un certificado separado de un organismo de evaluación de la conformidad designado en el UK (CAB).
La línea temporal que importa
Para los fabricantes que planifican su estrategia de cumplimiento en ambos mercados, las fechas que impulsan las decisiones son estas:
Un UAS, dos mercados: el enfoque práctico
El coste del cumplimiento dual UE/UK para un fabricante que ya persigue el marcado CE bajo el Reglamento 2019/945 no es el doble de la inversión. Los requisitos técnicos detrás de las estructuras de clase UE y UK permanecen alineados a nivel de diseño de producto y ensayos. Lo que difiere es el marcado, la documentación, requisitos específicos de ciertas características y la estructura de organismos de certificación.
Un enfoque práctico comienza desde la fase de diseño:
Define el UAS contra ambas estructuras de clase simultáneamente. En la mayoría de los casos, la clase UE y la clase UK correspondiente tienen los mismos requisitos técnicos a nivel de producto. Identificar las divergencias temprano previene rediseños posteriores.
Usa un único programa de ensayos EN 4709 para ambos mercados. La serie de normas EN 4709 cubre las características de producto que requieren tanto la regulación UE como la UK. Un programa de ensayos diseñado para cubrir los requisitos UE producirá, en la mayoría de los casos, evidencia suficiente para los requisitos UK también. No es necesario repetir la campaña de ensayos completa.
Planifica con informes de ensayo acreditados. Este es un punto que merece especial atención cuando el Organismo Notificado de la UE y el UK Conformity Assessment Body son organizaciones diferentes. Si los informes de ensayo que soportan el expediente técnico provienen de un laboratorio acreditado (ISO 17025), tanto el NB de la UE como el CAB del UK deberían aceptarlos sin dificultad. Si los informes de ensayo no están acreditados, el segundo organismo de certificación puede requerir significativamente más evidencia para aceptar los resultados, o puede requerir ensayos complementarios. Coordinar la estrategia de ensayos para producir informes acreditados desde el principio evita este problema. Además, debe prestarse especial atención a la evolución de la configuración del UAS (hardware, firmware y software) entre la fase de ensayos y la presentación para el certificado UK. Si el seguimiento y las justificaciones de estas evoluciones no están bien registrados, los ensayos originales pueden no ser válidos. Consulta cómo el servicio de Experto Regulatorio Externo te ayuda en esta cuestión.
Gestiona el marcado y la documentación como outputs paralelos. La etiqueta de identificación de clase (C vs. UK), la declaración de conformidad, el manual de usuario y cualquier configuración de características específica por jurisdicción (datos de áreas restringidas de geo-awareness, por ejemplo) pueden gestionarse como conjuntos documentales paralelos producidos a partir de la misma base de evidencia técnica. Esto es trabajo administrativo, no trabajo de ingeniería.
Aborda el requisito de UK CAB con antelación para UK1, UK2, UK3. A partir del 1 de enero de 2028, estas clases requieren un certificado de un CAB designado en el UK. Si tu Organismo Notificado de la UE no está también designado como UK CAB (o viceversa), necesitarás contratar un organismo separado para el mercado UK. Establecer esa relación y entender las expectativas del UK CAB para aceptar la evidencia de ensayo existente debe ser parte de la planificación de cumplimiento, no un descubrimiento de última hora.
Un diagnósitco de cumplimiento identifica qué se necesita para tu UAS específico en ambos mercados.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender mi dron con marcado de clase C de la UE en el UK?
Las marcas de clase C de la UE se reconocen como equivalentes a la clase UK correspondiente hasta el 1 de enero de 2028. Un drone con marca C2 se trata como UK2 para operaciones en el UK durante este periodo. A partir del 1 de enero de 2028, las marcas de clase C de la UE pierden su equivalencia UK y el drone pasa a ser un UAS "legacy", sujeto a reglas transitorias basadas en peso que generalmente ofrecen menos privilegios operacionales que las basadas en clase.
¿Necesito una evaluación de conformidad separada para el UK?
La evidencia técnica (informes de ensayo, documentación de diseño) producida para el cumplimiento UE es en gran medida reutilizable. Lo que difiere es el marcado (etiqueta de clase UK en lugar de clase C), la declaración de conformidad, y a partir del 1 de enero de 2028, el organismo de certificación. Para UK1, UK2 y UK3 desde esa fecha, se requiere un certificado de un UK CAB. Si tu NB de la UE no está también designado como UK CAB, necesitarás contratar un organismo separado. Cuando los dos organismos de certificación son organizaciones diferentes, la validez de la evidencia de ensayo se convierte en una consideración práctica. Los informes de ensayo acreditados (de un laboratorio ISO 17025) llevan su propia garantía de validez y deberían ser aceptados por el UK CAB sin dificultad, siempre que la configuración del drone (FW, SW, HW) no haya cambiado sustancialmente. Los informes de ensayo no acreditados presentan un riesgo mayor: el segundo organismo de certificación tiene su propia obligación de asegurar la validez de los resultados, y sin la garantía que proporciona la acreditación, probablemente requerirá evidencia adicional para aceptarlos. Obtener esa evidencia del primer organismo de certificación puede ser difícil, particularmente si implica acceso a registros de evaluación internos o datos de ensayos complementarios.
